Se informa a la colegiación que en la Junta celebrada el pasado 26 de septiembre, quedaron convocadas elecciones a los siguientes cargos de la Junta de Gobierno:
Decano, Secretario, Interventor, Vocal 2, Vocal 4 y Vocal 5.
Todos los cargos salen por 4 años, con excepción del cargo de Vocal 5, que será por 2 años.
Conforme a lo establecido en los artículos 40 a 52, el calendario electoral ha quedado fijado de la siguiente manera:
– Elección de Junta Electoral con carácter público: 3 de octubre de 2024 a las 19:00 horas en la sede del Colegio.
– Constitución de Junta Electoral: 10 de octubre de 2024 a las 19:00 horas.
– El Censo de electores quedará expuesto en el Tablón de Anuncios del Colegio hasta el 11 de diciembre de 2024.
– El plazo para la presentación de solicitudes a candidatos finalizará a las 14 horas del próximo día 29 de octubre de 2024, debiendo formalizarse la misma cumplimentando el formulario que se adjunta.
– La proclamación de candidatos se llevará a cabo por la Junta Electoral en reunión que tendrá lugar el día 30 de octubre de 2024 a las 19:00 horas, notificándose a continuación la resolución que se dicte tanto a los aceptados como a los rechazados, que dispondrán de un plazo de tres días hábiles para formular recurso en caso de discrepancia. Estas reclamaciones serán resueltas en un plazo de tres días desde su presentación por parte de la Junta Electoral.
– Se establece que la propaganda electoral que lleven a cabo los candidatos habrá de finalizar el día 11 de diciembre de 2024.
– Las Elecciones se celebrarán el día 13 de diciembre de 2024 en la sede colegial, en horario de 12:00 hasta las 20:00 horas.
Se informa que según se establece en el artículo 41 de los Estatutos, serán electores todos los colegiados que lo sean a la fecha de la convocatoria, y se encuentren en el pleno goce de los derechos corporativos, al corriente de sus obligaciones colegiales, no debiendo tener pendiente de pago ninguna cuota de años anteriores, a la celebración de elecciones.
Igualmente se informa que como se contempla en el artículo 42 de los Estatutos, serán elegibles quienes reuniendo la condición de elector y encontrándose en el Ejercicio de la Profesión en cualquier de sus formas, sean proclamados candidatos conforme a lo dispuesto en los Estatutos.
-Formulario para Solicitud de Candidatura
Se puede consultar los Estatutos en el siguiente enlace: ESTATUTOS.