Regulación de la Profesión
Establecida en los Estatutos
Diferencia entre atribuciones y Competencias
Las competencias son los conocimientos que se adquieren a lo largo de la vida. Un profesional puede adquirir una aptitud que se convierte en competencia, pero para lograr una atribución legal no sólo se requiere el conocimiento, además hace falta un documento que le acredite que puede hacer uso de esa destreza a través de un marco normativo. En España el título académico oficial confiere las atribuciones específicas determinadas por Ley, siendo importante destacar que las titulaciones universitarias forman competencialmente al alumno, pero no todas dan acceso a dichas atribuciones profesionales.
¿Todos los títulos de Ingeniería tienen atribuciones profesionales?
No, solo tienen atribuciones profesionales aquellos títulos para los que una disposición legal atribuye competencias específicas.
Por ejemplo, los ingenieros técnicos industriales tienen amplias atribuciones en base a los establecido en la Ley 12/1986, de 1 de Abril, sobre Regulación de las Atribuciones Profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos y Disposiciones Complementarias. Y por su lado, de la pluralidad de títulos ofrecidos por las distintas universidades únicamente aquellos títulos de grado que verifican los requisitos establecidos en la Orden CIN/351/2009 confieren atribuciones profesionales, en este caso las de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial.
Ante la excesiva oferta de títulos de grado y máster, es importante que los futuros alumnos obtengan una información adecuada respecto a las diferencias entre unos títulos y otros en cuanto a la existencia o no de atribuciones profesionales, aspecto que marcará de manera determinante la capacidad de proyección profesional de los egresados.
Relación de las disposiciones normativas más relevantes:
- Real Decreto 132/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales y Peritos Industriales de España y de su Consejo General.
- ORDEN de 26 de mayo de 2008, por la que se declara la adecuación a la legalidad de los Estatutos del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales.
- Ley 6/1995, de 29 de diciembre, de Consejos Andaluces de Colegios Profesionales.
- Orden de 21 de diciembre de 2018, por la que se aprueba la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Huelva y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
- Decreto del 18.09.1935 de Atribuciones Profesionales de los Ingenieros Industriales (Publicado en La Gaceta de Madrid Nº 263 de 20 de Septiembre de 1.935).
- Decreto 2541/1971, de 13 de agosto, por el que se determinan las facultades de los Ingenieros Técnicos Industriales.
- Real Decreto Ley 37/1977, de 13 de junio. Atribuciones de los Peritos Industriales.
- Ley 12/1986, de 1 de abril, de Regulación de las Atribuciones Profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos y Disposiciones Complementarias.
- Sentencia del Tribunal Supremo del 9 de julio de 2002. Atribuciones de los Ingenieros Técnicos Industriales en ámbitos diferentes de la especialidad adquirida.
- Real Decreto de 25 de Octubre de 1995, Por el que se Regula el Sistema General de Reconocimiento de los Títulos de Enseñanza Superior de los Estados Miembros de la Comunidad Europea que Exigen una Formación Mínima de Tres Años de Duración, en lo que Afecta a las Profesiones de Físico, Geólogo, Químico, Ingeniero Industrial, Ingeniero de Minas, Ingeniero Naval, Ingeniero Técnico Industrial, Ingeniero Técnico de Minas e Ingeniero Técnico Naval.
- Ley 2/1974 de 3 de Febrero de Colegios Profesionales, modificada por las Leyes 74/68 de 26 de Diciembre y 7/1997 de 14 de Abril.
- Ley 10/2003 de 6 noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía.
- Código Deontológico y de actuación profesional de la Ingeniería Técnica Industrial.
- Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
- Real Decreto Ley 11/1983, de 25 de agosto de reforma universitaria.
- Decreto Número 148/1969, 13 febrero 1969,Enseñanzas Técnicas. Denominaciones de Técnicos de Grados Superior y Medio y Especialidades de éstos (Ministerio Educación Y Ciencia).
- Real Decreto 1403/1992, de 20 de noviembre, por el que se establece el título universitario oficial de Ingeniero Técnico Industrial en Electrónica Industrial y se aprueban las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél.