Colegiados
Gestión de Trámites Colegiales
Información para Usuarios
Es requisito indispensable, para solicitar su alta como Colegiado, tener el título oficial de Perito o Ingeniero Técnico Industrial, expedido, homologado o reconocido por el Estado, o el título de Grado en el ámbito Industrial de la Ingeniería, que cumplan la Orden CIN/351/2009, de 9 de febrero.
La Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía establece que quien ostente la titulación requerida y reúna las condiciones señaladas estatutariamente tendrá derecho a ser admitido en el Colegio Profesional que corresponda siendo requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones hallarse incorporado al Colegio Profesional correspondiente cuando así lo establezca la Ley estatal.
Requisitos para la Colegiación
- Estar en posesión del título exigido o, en su defecto, del certificado de su tramitación.
- Fotocopia del D.N.I. en vigor.
- Fotografía reciente (tipo carné).
- Derechos de colegiación: los derechos de colegiación fueron eliminados por acuerdo de Junta de Gobierno de 14 de octubre de 2021.
- En el caso de traslado desde otro colegio será obligatoria la presentación del certificado de colegiación del colegio de origen.
Documentación para la tramitación del Alta
Cuotas
El pago de las cuotas se realizará mediante domiciliación bancaria.
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Ordinaria 9,91 €/mes
Los colegiados con 50 años o más de colegiación initerrumpida estarán exentos del pago de cuota colegial.
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Desempleado 5,72 €/mes
Es requisito imprescindible la acreditación de estar en situación de desempleo, mediante tarjeta de demanda y declaración jurada. Debe presentarse trimestralmente.
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Jubilado 5,72 € /mes
Es requisito imprescindible la acreditación mediante declaración jurada de esa situación.
Presentación de la Solicitud de Alta
Telemática
Presencial
Tramitación del Baja
Telemática
Presencial
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