Precolegiados

Procedimiento Administrativo de Precolegiación

Información para Usuarios

El objeto del presente procedimiento es facilitar la integración en el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Huelva al alumnado que se encuentre cursando los estudios correspondientes a la titulación universitaria oficial de Grado en Ingeniería de la rama industrial, siempre que este título habilite para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico industrial, según se recoge en la Orden CIN/351/2009 de 9 de febrero.

Para ello, se creó la figura del PRECOLEGIADO/A, el cual se podrá beneficiar de las diferentes actividades y/o servicios que presta el Colegio, con la excepción de las derivadas de la obligatoriedad de estar en posesión de la Titulación académica, así como mantener una relación directa y fluida con éste a fin de agilizar la adaptación al mercado laboral.

La precolegiación finalizará en el momento de la colegiación, o bien transcurridos tres años desde la fecha de alta como precolegiado/a, tal y como se recoge en el apartado 6 de este procedimiento. Este plazo podrá ampliarse.

Requisitos para la Precolegiación

Tendrán derecho a la precolegiación en el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Huelva, el alumnado de las titulaciones que habiliten al ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial, que se recogen en la Orden CIN/351/2009 de 9 de febrero, y que cumpla los siguientes requisitos:

  • Estar debidamente matriculado/a en el tercer o cuarto curso de su Titulación, y no tener pendiente más del 30% de los créditos totales y no tener superado la totalidad de los créditos.

Es importante remarcar que la precolegiación no supone coste alguno para el alumnado que, cumpliendo los requisitos, lo solicite.

Documentación para la tramitación del Alta

  1. Certificado de la Universidad, donde se refleje que tiene superado, al menos, el setenta por ciento de los créditos totales. Este documento debe ser reciente.
  2. Fotocopia del D.N.I. en vigor.
  3. Fotografía reciente (tipo carné).

Presentación de la Solicitud

Telemática

La tramitación puede hacerse vía telemática a través de la Ventanilla Única. Para ello, diríjase a la sección de Precolegiados de la Ventanilla y seleccione la opción del menú Solicitud Alta Precolegiación.

Presencial

La tramitación puede realizarse de manera presencial en la secretaría del Colegio. Se deberá acompañar a la documentación requerida la Solicitud de Precolegiación debidamente cumplimentada y firmada.

La compatibilidad de la ventanilla puede verse afectada en caso de no utilizar el Navegador Google Chrome.

Derechos de los Precolegiados

  1. Recibir una orientación laboral específica para que la adaptación al mercado laboral sea lo más eficaz posible.
  2. Recibir información sobre las diferentes actividades del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Huelva, así como de todas aquellas actividades organizadas por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales y el Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial de España (circulares, boletines, hojas informativas, cursos, ofertas de empleo, etc.).
  3. Asistencia a jornadas técnicas, cursos, seminarios, visitas, conferencias, así como cualquier acto público en el que participe el Colegio, en las mismas condiciones que los/as Colegiados/as.
  4. Acceso a todo tipo de descuentos y ofertas para la realización de las actividades que organice el Colegio en las mismas condiciones que los Colegiados/as.
  5. Acceso a la página web del Colegio para las distintas consultas.
  6. Disponer del carnet de Precolegiado/a con validez hasta la finalización de la condición de Precolegiado/a.
  7. A partir de la fecha de Colegiación, descuento del cien por cien de la cuota colegial mensual durante 1 año completo, siempre que la colegiación se produzca antes de tres meses tras la obtención del Título.

Pérdida de la condición de Precolegiado

La precolegiación finalizará en el momento de la colegiación, o bien transcurridos tres años desde la fecha de alta como precolegiado/a. Una vez transcurridos estos tres años, si el precolegiado/a no hubiese terminado la titulación con la que se precolegió, podrá ampliar su situación un año más, para lo cual deberá solicitarlo formalmente antes de la fecha en que se cumplan los tres años de precolegiación.

Dicha solicitud de Prórroga podrá hacerse de manera online a través de la área privada de la plataforma LiceoNet o de manera presencial en la Secretaría del Colegio, para esto último, deberá cumplimentar el formulario de Prórroga Precolegial.

En ambos casos se deberá acompañar documento acreditativo y actualizado de que sigue cursando la titulación con la que se precolegió y donde aparezcan los créditos superados.

Se podrán solicitar posteriores prórrogas, por un año, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos y se siga el procedimiento indicado.

No obstante a lo anterior, la condición de precolegiado/a se podrá perder por causa debidamente justificada establecida por la Junta de Gobierno, con posibilidad de recurso por parte del interesado/a o por solicitud formal del precolegiado/a.

Tanto la solicitud de precolegiación como la de ampliación de plazo será efectiva una vez aprobada por Junta de Gobierno.